“No solo hay que considerar baldío el terreno abandonado y con malezas -advirtió ayer Juan Ledesma, titular de la Dirección de Catastro de la Municipalidad de la capital-, sino también a las casas que tienen tanto deterioro, que no tienen valor. Por ejemplo si se quiere vender una propiedad de esas características, le pagan por la ubicación del terreno, pero la edificación no tiene valor; entonces ahí están incluidos todo estas propiedades, no solo el baldío propiamente dicho, sino también las propiedades donde la edificación está para demoler”.
El funcionario remarcó la falta de conciencia de los dueños sobre el mantenimiento de una propiedad. “Más allá de las ordenanzas, el propietario tiene que poner su parte también”, insistió. Ledesma dijo que un 30% del ejido urbano está en esa situación.
“Cuando un vecino tiene una casa en esas condiciones, o sea un baldío, es fácil identificar al propietario, pero el problema es cómo hacerle llegar la notificación de la intimación a ese propietario para que proceda a limpiar el predio”, detalló.
A modo de ejemplo, Ledesma precisó que la notificación no puede enviarse al terreno baldío o a la casa en estado de abandono. “En ese caso -dijo Ledesma-, hay que aplicar una serie de recursos para tratar de ubicar al propietario. Hay que cruzar datos con la AFIP, con Rentas para dar con el domicilio fiscal, pero no siempre es factible”, aclaró.
La base de datos
El sistema para tratar de localizar a un propietario comienza, primero, en la base de datos de la Municipalidad. Catastro tiene una base de datos donde figuran todos los datos del inmueble: valuación, medidas, ubicación y también el nombre del propietario. En caso de que no aparezca en la base de la Municipalidad se pasa a buscar en la base de datos de Catastro de la Provincia. “Esa base de información está más completa, porque Catastro de la provincia tiene un satélite propio y drones. Por eso es más completo”, precisó.
La ordenanza 2.073 (sancionada en 1993 y actualizada en noviembre de 2005) establece que el propietario de un inmueble en estado de abandono debe colocar un cartel con sus datos personales para poder ser localizado. Esta medida apunta a que los dueños puedan ser notificados por los propios vecinos para que proceda, por ejemplo, al desmalezamiento del terreno.